Qué Real Decreto regula las obligaciones de facturación

En España, la facturación es un proceso fundamental para cualquier empresa o autónomo, ya que es a través de las facturas que se registran las operaciones comerciales y se cumplen con las obligaciones fiscales. Para regular este proceso, se ha establecido el Real Decreto 1619/2012, que establece las obligaciones de facturación que deben seguirse en el país.

Analizaremos en detalle las principales disposiciones del Real Decreto 1619/2012, que abarcan aspectos como la emisión de facturas, los requisitos formales que deben cumplir, la conservación de las mismas, así como las sanciones por incumplimiento. También veremos las excepciones y particularidades para determinados tipos de operaciones o empresas. Es fundamental estar al tanto de estas obligaciones para evitar problemas con la Agencia Tributaria y garantizar un correcto cumplimiento de las normas fiscales.

Índice
  1. Cuál es el objeto de las obligaciones de facturación según el Real Decreto
    1. ¿Qué establece el Real Decreto sobre las obligaciones de facturación?
  2. Cuáles son los requisitos que deben cumplir las facturas según este Real Decreto
    1. Requisitos generales de las facturas
    2. Requisitos adicionales para facturas simplificadas
  3. Qué sanciones se establecen en caso de incumplimiento de las obligaciones de facturación
    1. Sanciones leves
    2. Sanciones graves
  4. Dónde se puede consultar el texto completo del Real Decreto que regula las obligaciones de facturación

Cuál es el objeto de las obligaciones de facturación según el Real Decreto

El objeto de las obligaciones de facturación, reguladas por el Real Decreto, es establecer las normas y requisitos que deben seguir los obligados a expedir y entregar facturas, así como los que deben recibirlas y conservarlas.

¿Qué establece el Real Decreto sobre las obligaciones de facturación?

El Real Decreto establece una serie de obligaciones que deben cumplir tanto los emisores como los receptores de facturas. Algunas de las principales disposiciones son:

  • Obligación de expedir facturas: Los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) están obligados a expedir facturas por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en el desarrollo de su actividad económica.
  • Contenido mínimo de las facturas: Las facturas deben contener una serie de datos obligatorios, como el nombre y apellidos o razón social del emisor y receptor, número de identificación fiscal, descripción de los bienes o servicios, importe total, entre otros.
  • Plazos de expedición y entrega: Las facturas deben ser expedidas y entregadas en el momento en que se realice la operación o en los plazos establecidos en la normativa.
  • Conservación de las facturas: Tanto el emisor como el receptor de las facturas están obligados a conservarlas durante un período de tiempo determinado, que suele ser de 5 años.

Estas son solo algunas de las obligaciones que establece el Real Decreto en materia de facturación. Es importante que tanto los emisores como los receptores de facturas conozcan y cumplan con estas disposiciones para evitar posibles sanciones.

Cuáles son los requisitos que deben cumplir las facturas según este Real Decreto

El Real Decreto que regula las obligaciones de facturación es el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Este decreto establece los requisitos que deben cumplir las facturas emitidas tanto por los empresarios y profesionales como por la Administración Tributaria.

Requisitos generales de las facturas

Para que una factura sea válida y cumpla con la normativa establecida en el Real Decreto 1619/2012, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Identificación del emisor de la factura: Debe incluir el nombre o razón social, el NIF o CIF, y la dirección completa del emisor.
  • Identificación del receptor de la factura: Debe incluir el nombre o razón social, el NIF o CIF, y la dirección completa del receptor.
  • Número y serie de la factura: Debe incluir un número único y consecutivo para cada factura y una serie que permita identificar el tipo de factura.
  • Fecha de emisión de la factura: Debe indicar el día en que se emite la factura.
  • Descripción detallada de los bienes o servicios: Debe incluir una descripción precisa de los bienes o servicios facturados.
  • Importe total de la factura: Debe indicar el importe total a pagar, desglosando el IVA y cualquier otro impuesto aplicable.

Requisitos adicionales para facturas simplificadas

Las facturas simplificadas, que se utilizan en casos específicos y para importes inferiores a 400 euros, deben cumplir con los requisitos generales mencionados anteriormente y además:

  1. Nombre y apellidos o razón social del receptor: Debe incluir el nombre y apellidos o razón social del receptor de la factura.
  2. Descripción global de los bienes o servicios: En lugar de una descripción detallada, se permite una descripción global de los bienes o servicios facturados.
  3. Importe total de la factura con IVA incluido: Debe indicar el importe total a pagar, incluyendo el IVA y cualquier otro impuesto aplicable.

Es importante que los empresarios y profesionales cumplan con estos requisitos para evitar sanciones y problemas con la Administración Tributaria. Además, una factura correctamente emitida y cumpliendo con la normativa vigente, brinda seguridad y confianza tanto para el emisor como para el receptor de la factura.

Qué sanciones se establecen en caso de incumplimiento de las obligaciones de facturación

El Real Decreto 1619/2012 establece las sanciones que se aplicarán en caso de incumplimiento de las obligaciones de facturación. Estas sanciones se dividen en dos categorías: leves y graves.

Sanciones leves

  • La falta de expedición de factura o justificante de entrega cuando sea necesario: se sancionará con una multa del 0,5% del importe de la operación, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 6.000 euros.
  • La expedición de factura o justificante de entrega que no cumpla con los requisitos legales: se sancionará con una multa del 0,5% del importe de la operación, con un mínimo de 150 euros y un máximo de 3.000 euros.
  • La falta de conservación de las facturas o documentos sustitutivos durante el plazo legalmente establecido: se sancionará con una multa del 0,5% del importe de la operación, con un mínimo de 150 euros y un máximo de 3.000 euros.

Sanciones graves

  • La expedición de facturas o documentos sustitutivos que no se correspondan con las operaciones realizadas o que sean falsas o simuladas: se sancionará con una multa del 1% del importe de la operación, con un mínimo de 3.000 euros y un máximo de 6.000 euros.
  • La utilización de series, números o registros de facturación que no se ajusten a la normativa: se sancionará con una multa del 1% del importe de la operación, con un mínimo de 3.000 euros y un máximo de 6.000 euros.
  • La falta de remisión de las facturas o documentos sustitutivos a la Agencia Tributaria cuando sea requerido: se sancionará con una multa del 0,5% del importe de la operación, con un mínimo de 150 euros y un máximo de 3.000 euros.

Es importante tener en cuenta que estas sanciones pueden ser reducidas en caso de pago voluntario o incrementadas en caso de reincidencia. Además, la falta de facturación o la emisión de facturas incorrectas puede tener consecuencias fiscales y contables para la empresa, por lo que es fundamental cumplir con las obligaciones de facturación establecidas por la normativa vigente.

Dónde se puede consultar el texto completo del Real Decreto que regula las obligaciones de facturación

El Real Decreto que regula las obligaciones de facturación se puede consultar en su totalidad en el Boletín Oficial del Estado, en el siguiente enlace: BOE-A-2021-19740.

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